Escribe tu sueldo mensual y los días que trabajaste en el año: la calculadora te dice cuánto es tu aguinaldo, qué parte está exenta de ISR y cuánto te van a retener, con los dos métodos que la ley le permite usar a tu empresa.
Con un sueldo de $20,000 al mes y el año completo trabajado, tu aguinaldo de 15 días son $10,000. De eso, $3,519.30 están exentos (30 UMA) y $6,480.70 pagan ISR: te retienen $1,384.28 y te llegan $8,615.72.
| Aguinaldo bruto (15 días, LFT art. 87) | $10,000.00 |
|---|---|
| Parte exenta (30 UMA, LISR art. 93 XIV) | $3,519.30 |
| Parte gravada | $6,480.70 |
| Retención de ISR (art. 174 RLISR, tasa 21.36%) | $1,384.28 |
| Te llegan | $8,615.72 |
Cálculo propio con la UMA 2026 ($117.31) y la tarifa mensual del art. 96 de la LISR para 2026. Sin subsidio para el empleo. Dato al 24 de octubre de 2026.
Cómo se calcula
El monto. La Ley Federal del Trabajo (artículo 87) fija un mínimo de 15 días de salario, pagados antes del 20 de diciembre. Si no trabajaste el año completo, te toca la parte proporcional, aunque ya no trabajes ahí. Se calcula con tu salario diario ordinario: tu sueldo mensual entre 30. Con $20,000 al mes, tu salario diario es $666.67 y tu aguinaldo de ley, $10,000.
Lo exento. La Ley del ISR (artículo 93, fracción XIV) exenta el aguinaldo hasta 30 veces la UMA. Con la UMA de 2026 en $117.31 diarios, son $3,519.30. Lo que pase de ahí paga impuesto. Un dato que casi nadie nota: 15 días de salario mínimo ya son $4,725.60, así que hasta quien gana el mínimo tiene una parte gravada.
La retención. Tu empresa tiene dos caminos. El artículo 96 de la ley suma la parte gravada a tu sueldo del mes y le aplica la tarifa mensual. El artículo 174 del Reglamento le permite “repartir” el aguinaldo en el año para calcular una tasa y aplicar esa tasa a todo lo gravado. Con sueldos medios casi siempre dan lo mismo; con sueldos que quedan cerca del cambio de renglón de la tarifa, el 174 retiene menos.
Y lo importante: la retención es un anticipo. El ISR definitivo del aguinaldo se calcula en el año, en el ajuste anual de tu patrón o en tu declaración. El método cambia cuánto te llega en diciembre, no cuánto impuesto pagas en el año.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto aguinaldo me toca si entré a medio año?
La parte proporcional: 15 días multiplicados por los días que trabajaste entre 365. Si entraste el 1 de junio de 2026 y ganas $20,000 al mes, trabajaste 214 días y te tocan $5,863. Pon tus días en la calculadora.
¿Por qué la calculadora no incluye el subsidio para el empleo?
Porque depende de tu ingreso de todo el mes y de las reglas de tu patrón. Para sueldos bajos el subsidio reduce o anula el ISR del sueldo ordinario, así que en esos casos la retención real puede ser menor a la que ves aquí.
¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo?
Es un derecho irrenunciable. Puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que asesora gratis. En el artículo completo del aguinaldo 2026 están los pasos.
Lee más
- Aguinaldo 2026: cómo se calcula, cuánto es exento y cuánto ISR pagas, con los casos de gobierno, pensionados y prestaciones superiores a la ley.
- Qué hacer con tu aguinaldo: deuda, inversión o gasto, el orden que conviene con cifras.
- Todas las calculadoras.
Aviso: esta calculadora es contenido educativo y no constituye asesoría fiscal ni laboral personalizada. Usa la UMA de 2026, la tarifa mensual del artículo 96 de la Ley del ISR para 2026 y las prestaciones mínimas de ley; no incluye el subsidio para el empleo. Tu recibo puede variar según tu contrato y el método de tu patrón.
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Pablo Padilla
Asesor certificado por la AMIB · Actuario UNAM · Profesor universitario de finanzas
Llevo más de 10 años en el sector financiero mexicano — banca, mercados bursátiles y docencia. Escribo este blog para que cualquiera pueda entender las finanzas, y también acompaño personalmente a personas que quieren poner su dinero a trabajar con estrategia.
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Fuentes consultadas
- Ley Federal del Trabajo, artículo 87 — Cámara de Diputados
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 93 fracción XIV y 96 — Cámara de Diputados
- Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 174 — SAT
- Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, tarifa mensual del artículo 96 — DOF
- Unidad de Medida y Actualización 2026, comunicado 1/26 — INEGI
- Cálculo propio, con datos al 24 de octubre de 2026







