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Modalidad 40 del IMSS: cuánto cuesta y cuánto sube realmente tu pensión

Vista cenital de un escritorio de madera con un calendario con fechas marcadas, una pila de recibos sujetos con un clip, una calculadora y una taza de café

La Modalidad 40 del IMSS costaba 10.075% del salario que eligieras hasta 2022. Este año cuesta 14.438%. Y en 2030 va a costar 18.8%. No es inflación: es una escalera escrita en un artículo transitorio de la ley desde diciembre de 2020, y sube sola cada 1 de enero.

Traducido a pesos: cotizar al tope cuesta $12,879 al mes en 2026 y va a costar $16,770 al mes en 2030, con el mismo poder de compra. La misma decisión, cuatro años después, cuesta 30% más.

Aun así, para la persona correcta sigue siendo de las mejores inversiones que existen en México. El problema es que “la persona correcta” tiene requisitos muy concretos, y hay un piso legal que hace que los primeros escalones de la Modalidad 40 no suban tu pensión ni un peso. Eso es lo que vamos a calcular aquí, con el texto de la ley y con números que puedes reproducir.

Lo esencial

  • Cuesta 14.438% del salario que elijas en 2026 y sube cada año hasta 18.8% en 2030. Al tope de 25 UMA son $12,879 al mes; cinco años completos suman $889,483.
  • El porcentaje no es único. Depende del salario con el que te inscribas: va de 10.075% (un salario mínimo) a 14.438% (de 4.01 UMA para arriba). Casi nadie lo explica y cambia la cuenta.
  • Hay un piso que anula los primeros escalones. La ley garantiza una pensión mínima de un salario mínimo. Si eliges un salario bajo, pagas cinco años para llegar a lo mismo que ya tenías gratis.
  • Cinco años no son un capricho. Tu pensión se calcula con el promedio de las últimas 250 semanas. Con dos años de Modalidad 40 solo cubres 104 de esas 250, y el promedio se te diluye a la mitad.
  • En el caso típico se recupera en poco más de dos años de pensión, con un rendimiento real cercano a 28% anual. Pero si estás en la Ley 97 la aritmética es completamente distinta y casi siempre pierde.

Qué es la Modalidad 40 y quién puede entrar

Su nombre legal es continuación voluntaria en el régimen obligatorio y vive en el artículo 218 de la Ley del Seguro Social. En corto: dejaste de trabajar como asalariado, ya no tienes patrón que cotice por ti, y le pides al IMSS seguir cotizando por tu cuenta para no perder el hilo y —sobre todo— para subir el salario con el que se va a calcular tu pensión.

La analogía que uso en clase: es como seguir pagando la colegiatura de una escuela en la que ya no estás inscrito, porque el promedio de tus últimos cinco semestres es el que va a aparecer en el título. Solo que aquí el “título” es un cheque mensual de por vida.

Los tres requisitos que sí están en la ley

  • 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años antes de tu baja (artículo 218). Un año completo de cotización dentro del último lustro trabajado.
  • Solicitarlo dentro de los cinco años siguientes a la baja (artículo 219). Pasado ese plazo, el derecho se pierde: “se pierde si no se ejercita mediante solicitud por escrito dentro de un plazo de cinco años a partir de la fecha de baja”. Es la fecha más importante de todo este trámite y casi nadie la tiene anotada.
  • No estar dado de alta en el régimen obligatorio. Si un patrón te vuelve a inscribir, la continuación voluntaria termina automáticamente (artículo 220, fracción III). No se pueden tener las dos cosas a la vez.

El salario con el que te inscribes tiene que ser “el último salario o superior al que tenía en el momento de la baja”, y el techo lo pone el artículo 28: 25 veces la UMA. Con la UMA de 2026 en $117.31 diarios, ese tope son $2,932.75 al día, o $89,204 mensuales de salario base de cotización.

Y una condición que no es requisito, sino la razón de ser de todo: esto solo rinde de verdad si estás en la Ley 73, es decir, si te inscribiste al IMSS por primera vez antes del 1 de julio de 1997. Los transitorios Tercero y Undécimo de la ley actual te dan el derecho de elegir el esquema viejo al momento de pensionarte. Más abajo está la cuenta para quienes están en la Ley 97, que es otra historia.

Lo que no incluye: el servicio médico

La Modalidad 40 cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. No cubre atención médica. El propio IMSS lo advierte en la ficha del trámite: “la continuación voluntaria en el régimen obligatorio no genera el derecho a los servicios médicos”.

Si quieres conservar el IMSS como servicio médico mientras pagas, tienes que contratar aparte el Seguro de Salud para la Familia. Con las cuotas vigentes desde el 1 de marzo de 2026 son $14,850 al año si tienes entre 50 y 59 años, y $20,600 al año de 60 a 69. Son entre $1,238 y $1,717 mensuales que casi ninguna calculadora de Modalidad 40 suma al costo. Súmalos tú.

Cuánto cuesta en 2026 (y por qué sube cada año)

En la Modalidad 40 pagas tú solo lo que normalmente se reparten tres: tu patrón, tú y el Estado. Por eso el porcentaje se ve tan alto. Estas son las cinco piezas que forman el 14.438% de 2026, cada una con su artículo:

ConceptoDónde está2026
Retiro (la cuota completa)Art. 168, fracción I2.000%
Cesantía y vejez, parte patronalArt. 168, fr. II a) + transitorio7.513%
Cesantía y vejez, parte del trabajadorArt. 168, fracción II b)1.125%
Invalidez y vidaArt. 147 (1.750% + 0.625%)2.375%
Gastos médicos de pensionadosArt. 25, párrafo segundo1.425%
Total14.438%
Ley del Seguro Social vigente y Segundo Transitorio del decreto publicado en el DOF el 16 de diciembre de 2020. Aplica a salarios de 4.01 UMA en adelante.

La pieza que se mueve es la segunda. La reforma de pensiones de 2020 subió la cuota patronal de cesantía y vejez de 3.150% a 11.875%, pero de forma gradual, con una tabla año por año que corre de 2023 a 2030. Como en la Modalidad 40 el patrón eres tú, ese aumento lo absorbes completo.

Lo que cuesta el mismo plan según el año en que empieces Cuota mensual cotizando al tope de 25 UMA, en pesos de hoy $0 $5,000 $10,000 $15,000 $20,000 $8,987 $12,879 $13,852 $14,825 $15,797 $16,770 hasta 2022 2026 2027 2028 2029 2030 10.075% 14.438% 15.528% 16.619% 17.709% 18.800% Cálculo propio con el Segundo Transitorio del decreto DOF 16-12-2020 y la UMA 2026 del INEGI. Salario de 4.01 UMA en adelante.

El porcentaje no es único: depende del salario que elijas

Aquí está el detalle que las notas de prensa se saltan. Esa cuota patronal de cesantía y vejez no es una sola cifra: es una tabla por rangos de salario. Quien cotiza bajo paga un porcentaje menor; quien cotiza alto paga el máximo. Esto es lo que aplica en 2026:

Salario con el que te inscribesCuota de cesantía y vejezLo que pagas en total
1 salario mínimo3.150%10.075%
De 1.01 SM a 1.50 UMA3.676%10.601%
De 1.51 a 2.00 UMA4.851%11.776%
De 2.01 a 2.50 UMA5.556%12.481%
De 2.51 a 3.00 UMA6.026%12.951%
De 3.01 a 3.50 UMA6.361%13.286%
De 3.51 a 4.00 UMA6.613%13.538%
De 4.01 UMA en adelante7.513%14.438%
Columna de 2026 de la tabla del Segundo Transitorio (DOF 16-12-2020), más las cuotas fijas de retiro, invalidez y vida y gastos médicos de pensionados.

Y esto es lo que sale de la bolsa cada mes, según el salario que elijas, con la UMA de 2026:

Salario elegidoSalario diarioCuota mensualCuota anual
5 UMA$586.55$2,576$30,910
8 UMA$938.48$4,121$49,457
10 UMA$1,173.10$5,152$61,821
15 UMA$1,759.65$7,728$92,731
20 UMA$2,346.20$10,303$123,642
25 UMA (tope)$2,932.75$12,879$154,552
Cálculo propio: salario diario × días del mes × 14.438%. Cifras de 2026; en 2027 y en adelante sube con la escalera de la gráfica anterior.

Se paga por mensualidades adelantadas, a más tardar el día 17 de cada mes. Y ojo con esto: si dejas de pagar dos meses, la continuación voluntaria termina (artículo 220, fracción II). Tienes doce meses para pedir reingreso, pero mientras tanto dejaste de sumar semanas.

Cuánto sube realmente tu pensión

La pensión de la Ley 73 se arma con tres piezas, y las tres están en la ley de 1973 que sigue viva para quienes se acogen a ella:

  1. Una cuantía básica, que es un porcentaje de tu salario promedio (artículo 167). Para salarios de más de 6 veces la UMA, ese porcentaje es 13%.
  2. Un incremento por cada 52 semanas cotizadas después de las primeras 500. En ese mismo rango salarial, 2.45% por año.
  3. Un factor por tu edad si te pensionas por cesantía (artículo 171): 75% a los 60 años, 80% a los 61, 85% a los 62, 90% a los 63, 95% a los 64 y 100% a los 65.

El salario promedio es la pieza que la Modalidad 40 mueve, y viene con una definición muy específica: el promedio de las últimas 250 semanas de cotización. Casi cinco años. De ahí sale la recomendación de los cinco años que has oído por todos lados, y más abajo vamos a ver por qué no es un número mágico sino aritmética pura.

Dos cosas que se agradecen y que poca gente sabe: esa pensión incluye un aguinaldo anual equivalente a una mensualidad (artículo 167, último párrafo), y se actualiza cada febrero con la inflación medida por el INPC. Son 13 pagos al año que no pierden poder de compra.

El caso de Rosa, con todos los números

Rosa tiene 55 años, se quedó sin empleo formal, lleva 1,300 semanas cotizadas y su último salario registrado ante el IMSS fue de $500 diarios (unos $15,200 al mes). Está en la Ley 73. Decide entrar a la Modalidad 40 al tope durante cinco años y pensionarse por cesantía a los 60.

Sin Modalidad 40Con Modalidad 40 al tope
Salario promedio de las últimas 250 semanas$500.00 diarios$2,932.75 diarios
Semanas al pensionarse1,3001,560
Porcentaje de la Ley 7353.97%63.23%
Factor por pensionarse a los 6075%75%
Pensión mensual$9,582 (el mínimo de ley)$42,300
Costo total de cinco años$0$889,483
Cálculo propio con los artículos 167 y 171 de la Ley del Seguro Social de 1973, la UMA 2026 y la escalera de cuotas 2026-2030. Pesos de hoy.
La pensión de Rosa, con y sin Modalidad 40 1,300 semanas, último salario $500 diarios, se pensiona por cesantía a los 60 $0 $15,000 $30,000 $45,000 $9,582 $42,300 Sin Modalidad 40 el mínimo de ley Con 5 años al tope tras pagar $889,483 Cálculo propio con los artículos 167 y 171 de la Ley del Seguro Social de 1973. Pensión mensual, sin asignaciones familiares.

Rosa pasa de $9,582 a $42,300 al mes. Son $32,717 más cada mes, y con el aguinaldo suman $425,323 al año. Esa pensión es vitalicia, se actualiza con la inflación cada febrero y, cuando ella falte, su viudo cobra el 90% (artículo 153 de la ley de 1973).

Un apunte fiscal, porque siempre sale: las pensiones están exentas de ISR hasta 15 UMA diarias, que en 2026 son unos $53,500 mensuales (artículo 93, fracción IV de la Ley del ISR). La pensión de Rosa queda completa por debajo de ese techo. Por el excedente, si lo hubiera, sí se paga impuesto.

El piso invisible: por debajo de cierto salario no sube nada

Aquí está la trampa que más dinero cuesta y que no vas a encontrar en las calculadoras comerciales.

El artículo 168 de la ley de 1973 dice que la pensión “no podrá ser inferior al cien por ciento del salario mínimo general”. Con el salario mínimo de 2026 en $315.04 diarios, ese piso son $9,582 al mes, y lo tienes garantizado con solo cumplir tus 500 semanas. Gratis.

Entonces, si eliges un salario bajo en la Modalidad 40, estás pagando cinco años para llegar exactamente a donde ya ibas a llegar sin pagar nada. Esto es lo que le pasaría a Rosa según el salario que eligiera:

Salario elegidoCosto de 5 añosPensión resultanteLo que ganas al mes
4 UMA$142,317$9,582$0
5 UMA$177,897$9,582$0
6 UMA$213,476$10,196$613
8 UMA$284,635$13,536$3,953
10 UMA$355,793$16,920$7,337
15 UMA$533,690$25,380$15,797
20 UMA$711,586$33,840$24,257
25 UMA$889,483$42,300$32,717
Cálculo propio para el perfil de Rosa (1,560 semanas al pensionarse, cesantía a los 60). El umbral cambia con tus semanas: con menos semanas, sube.

Los primeros $177,897 no compran nada. Y el umbral no es fijo: depende de cuántas semanas lleves, porque el porcentaje de la Ley 73 crece con ellas. Para pensionarse a los 60 años, el salario mínimo al que la Modalidad 40 empieza a servir es:

Semanas al pensionarteSalario mínimo que debes elegir para ganar algo
800 semanas12.9 UMA ($1,516 diarios)
1,000 semanas9.6 UMA ($1,120 diarios)
1,200 semanas7.8 UMA ($912 diarios)
1,400 semanas6.4 UMA ($752 diarios)
1,600 semanas5.6 UMA ($652 diarios)
Cálculo propio. Es el salario al que la pensión calculada iguala el piso de un salario mínimo, pensionándose por cesantía a los 60 años.

Con una salvedad honesta: aunque no te suba la pensión, cotizar sí te suma semanas, y las semanas sirven para llegar a las 500 que exige la ley y para conservar tus derechos. Si te faltan semanas o estás por perder la vigencia, la Modalidad 40 con salario bajo puede tener sentido aunque no mueva el monto.

¿En cuántos años lo recuperas?

Esta es la pregunta que importa y casi nadie contesta con un número. Dividimos lo que pagas entre lo que ganas al año, incluyendo el aguinaldo:

Perfil (5 años al tope)PensiónGanancia anualRecuperas enRendimiento real
Rosa: 1,300 semanas, cesantía a los 60$42,300$425,3232.1 años28.2%
Con solo 700 semanas previas$23,450$180,2734.9 años14.9%
Si ya cotizabas 20 UMA$42,300$258,3733.4 años19.8%
Eligiendo 10 UMA en vez del tope$16,920$95,3863.7 años18.7%
Cálculo propio. El rendimiento real es la tasa interna de retorno del flujo completo (60 cuotas contra 25 años de pensión), en pesos de poder de compra constante.

Para dimensionarlo: un Cete a 364 días pagaba 7.00% en la subasta del 3 de septiembre de 2026, y la inflación anual a agosto fue de 3.26%. Eso deja un rendimiento real de alrededor de 3.6%. Ninguna inversión de mercado, legal y accesible, se acerca a 28% real garantizado por el Estado.

¿Por qué rinde tanto? Porque no es una inversión: es un subsidio. El transitorio Duodécimo de la ley de 1997 lo dice sin rodeos: las pensiones de quienes se acogen a la Ley 73 están “a cargo del Gobierno Federal”. Tú aportas una fracción; el resto lo pone el presupuesto. Esa es exactamente la razón por la que la cuota lleva subiendo desde 2023 y por la que conviene no dejar la decisión para después.

Y el matiz que ningún vendedor te va a decir: esto requiere tener el dinero. Rosa ganaba $15,200 al mes y va a pagar $12,879 mensuales. Nadie hace eso con su salario: sale de una liquidación, de un ahorro, de la venta de un activo o del ingreso de un negocio propio. Si para pagar la Modalidad 40 tienes que endeudarte o vaciar tu fondo de emergencia, la respuesta es no, por buena que se vea la tasa.

Cuántos años pagar: cinco no siempre es la respuesta

El “cinco años” que se repite en todos lados sale de las 250 semanas del promedio. Cinco años son 260 semanas: cubres las 250 completas y tu promedio queda 100% al salario nuevo. Si pagas menos tiempo, el promedio se diluye con tu salario viejo, y se diluye en proporción exacta:

El promedio se diluye si pagas menos de cinco años Salario promedio que logra Rosa cotizando al tope, según los años que pague 0 6 UMA 12 UMA 18 UMA 24 UMA 8.6 12.9 17.2 21.5 25.0 1 año 2 años 3 años 4 años 5 años 52 sem 104 sem 156 sem 208 sem 260 sem Cálculo propio. El resto de las 250 semanas se promedia con el salario anterior de $500 diarios (4.3 UMA).

Ahora, lo contraintuitivo. Si divides lo que pagas entre lo que ganas, los plazos cortos rinden proporcionalmente mejor, y a partir del sexto año la Modalidad 40 se vuelve un mal negocio:

Años que pagasCosto totalPensiónRecuperas enRendimiento real
2 años$320,772$19,2732.6 años33.8%
3 años$498,671$26,8512.2 años33.3%
4 años$688,238$34,9942.1 años31.2%
5 años$889,483$42,3002.1 años28.2%
6 años$1,090,728$43,9392.4 años23.4%
Cálculo propio para el perfil de Rosa, cotizando al tope y pensionándose por cesantía al terminar. El costo sube con la escalera de cuotas de cada año.

El sexto año cuesta $201,245 y sube la pensión $1,639 al mes: solo agrega un incremento anual de 2.45%, porque el promedio salarial ya estaba tope. Pasadas las 260 semanas, cada año adicional compra mucho menos.

La conclusión práctica: si el dinero te alcanza para los cinco años, hazlos, porque maximizan el monto absoluto de la pensión, que es lo que vas a cobrar toda la vida. Si no te alcanza, es mejor hacer dos o tres años al tope que cinco años a la mitad del tope: en la tabla del piso invisible viste que 10 UMA durante cinco años dan $16,920, y aquí ves que tres años al tope dan $26,851 pagando prácticamente lo mismo.

Cuatro errores de aritmética que salen caros

  • Dejar un hueco entre la última cuota y la pensión. El salario promedio de las 250 semanas se calcula en pesos nominales, sin actualizar por inflación. Si terminas tu Modalidad 40 a los 60 y te pensionas a los 65, ese promedio se queda congelado cinco años mientras todo lo demás sube: la pensión que recibes vale alrededor de 16% menos en poder de compra. El factor de edad sube 33%, sí, pero llegas cinco años tarde a cobrar. En el caso de Rosa, pensionarse a los 60 le deja $13.7 millones acumulados a los 85 años, contra $12.3 millones si espera a los 65.
  • Olvidar la conservación de derechos. Al darte de baja conservas tus derechos a pensión por un periodo igual a la cuarta parte del tiempo cotizado (artículo 150). Con 1,300 semanas son 325 semanas: poco más de seis años. Si los dejas pasar sin cotizar, tienes que reingresar y cumplir semanas nuevas para que te reconozcan las viejas. La Modalidad 40 también sirve para eso.
  • No revisar tus semanas antes de pagar el primer peso. Toda la aritmética de este artículo depende del número de semanas que el IMSS tenga registradas, no de las que tú creas tener. Se consultan gratis en el portal del IMSS con tu NSS y tu CURP. Los periodos mal reportados por patrones viejos son más comunes de lo que parece.
  • Presupuestar solo la cuota. Cinco años al tope no son “unos $12,900 al mes”: son $12,879 el primer año y $16,770 el último, más el seguro médico si lo necesitas. El presupuesto se hace con el número de 2030, no con el de hoy.

Cuándo la Modalidad 40 no es para ti

Si estás en la Ley 97, el cálculo es otro

Si empezaste a cotizar el 1 de julio de 1997 o después, tu pensión no sale de ninguna tabla de porcentajes: sale del saldo de tu cuenta individual. Y ahí la Modalidad 40 deja de ser un subsidio y se vuelve una aportación con comisión de entrada.

De los $12,879 que pagarías al mes cotizando al tope, $9,490 se depositan en tu cuenta individual (retiro, cesantía y vejez) y $3,390 se quedan en el IMSS para invalidez y vida y para gastos médicos de pensionados. Es decir, 73.7% de tu dinero llega a tu Afore y el 26.3% restante compra coberturas, no saldo.

Comparado con una aportación voluntaria a tu Afore, donde el 100% entra a tu cuenta y además puedes deducirla del ISR, la Modalidad 40 casi siempre pierde para la Ley 97. Sigue teniendo sentido en un caso: cuando necesitas semanas —para llegar al mínimo que exige la pensión garantizada o para conservar derechos—, no saldo.

Si ese es tu caso, lo que sigue no es la Modalidad 40 sino entender cómo se convierte tu saldo en pensión: lo desarmé en renta vitalicia o retiro programado, con los factores oficiales de la CONSAR.

Los otros cuatro casos

  • Si tu último salario ya estaba cerca del tope. La Modalidad 40 compra la diferencia entre tu salario viejo y el nuevo. Si ya cotizabas 20 UMA, la diferencia es chica y la recuperación se alarga a 3.4 años.
  • Si vas a elegir un salario por debajo de tu umbral. Ya lo viste: pagas y no ganas nada porque el piso de un salario mínimo te alcanzaba de todos modos.
  • Si no tienes con qué sostener los pagos hasta el final. Dos meses sin pagar y te dan de baja. Quedarte a medio camino es el peor de los mundos: pagaste, diluiste el promedio y no llegaste al salario que querías.
  • Si el dinero sale de deuda o del fondo de emergencia. Un rendimiento de 28% real no compensa pagar 40% de interés en una tarjeta, y la cuenta de qué conviene pagar primero siempre empieza por la deuda cara.

Cómo se hace el trámite

  1. Confirma tu régimen y tus semanas. Necesitas saber si eres Ley 73 (primera alta antes del 1 de julio de 1997) y cuántas semanas tienes reconocidas. Las dos cosas se consultan en línea con tu NSS y tu CURP.
  2. Revisa la fecha de tu baja. Tienes cinco años desde ahí para solicitarla, y debes acreditar 52 semanas cotizadas en los cinco años anteriores a esa baja.
  3. Decide el salario y el plazo con las tablas de arriba: el salario manda sobre el monto de la pensión; el plazo, sobre qué tanto del promedio alcanzas a cubrir.
  4. Inscríbete. Se puede en línea, desde el escritorio virtual del IMSS, o en la subdelegación que te corresponda con identificación oficial, comprobante de domicilio, CURP, NSS y correo electrónico. El trámite es gratuito.
  5. Paga cada mes por adelantado, a más tardar el día 17. En ventanilla bancaria o por internet. Guarda todos los comprobantes: son tu prueba si el registro de semanas no cuadra al momento de pensionarte.
  6. Si vas a necesitar médico, contrata aparte el Seguro de Salud para la Familia.

Una recomendación de oficio: antes de inscribirte, pide al IMSS el cálculo estimado de tu pensión en los dos regímenes. El transitorio Cuarto de la ley de 1997 obliga al Instituto a dártelo “a solicitud de cada trabajador”. Es información que ya te pertenece.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la Modalidad 40 en 2026?

El 14.438% del salario que elijas, si ese salario es de 4.01 UMA en adelante. Cotizando al tope de 25 UMA son $12,879 al mes, o $154,552 al año. Con salarios menores el porcentaje baja hasta 10.075%, según la tabla de rangos de la ley.

¿Puedo entrar a la Modalidad 40 si sigo trabajando?

No al mismo tiempo que un patrón cotiza por ti: el artículo 220 dice que la continuación voluntaria termina cuando te dan de alta otra vez en el régimen obligatorio. Sí puedes tener ingresos por tu cuenta, honorarios o un negocio propio mientras la pagas.

¿Cuántos años de Modalidad 40 necesito?

Cinco, si quieres que tu salario promedio quede completo al nivel nuevo, porque la pensión se calcula con las últimas 250 semanas y cinco años son 260. Con menos tiempo el promedio se diluye en proporción: dos años te dejan aproximadamente a la mitad del camino.

¿La Modalidad 40 da servicio médico?

No. Cubre invalidez y vida, y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Para conservar atención médica del IMSS hay que contratar el Seguro de Salud para la Familia, que en 2026 cuesta $14,850 al año de 50 a 59 años y $20,600 de 60 a 69.

¿Qué pasa si dejo de pagar?

Con dos meses sin pagar, la continuación voluntaria termina. Puedes solicitar reingreso dentro de los doce meses siguientes a esa baja, pero las semanas que no cotizaste no se recuperan y tu promedio de 250 semanas queda con ese hueco.

¿Conviene si estoy en la Ley 97?

Casi nunca por el monto: de cada peso que pagas, 73.7 centavos llegan a tu cuenta individual y el resto compra coberturas. Una aportación voluntaria deducible suele rendir más. Conviene solo cuando lo que te falta son semanas, no saldo.

¿Puedo pagar la Modalidad 40 y también mi Afore?

Sí, son cosas distintas y compatibles. Si estás en la Ley 73 tu pensión no depende del saldo de la Afore, así que las aportaciones voluntarias ahí cumplen otra función: ahorro propio, heredable y deducible. Lo trabajé a detalle en la guía del plan personal de retiro y la deducción del ISR y en la del ahorro para el retiro cuando trabajas por tu cuenta.

La cuenta de una línea

Si estás en la Ley 73, tienes semanas suficientes, te quedan menos de cinco años desde tu baja y tienes de dónde pagar sin comprometer lo demás, la Modalidad 40 al tope es probablemente la mejor tasa que vas a ver en tu vida, y cada año que la pospones cuesta aproximadamente un punto porcentual más.

Si no cumples alguna de esas cuatro condiciones, haz la cuenta antes de firmar. Los $177,897 del ejemplo del piso invisible son reales, y se pagan en mensualidades que se sienten razonables hasta que descubres que no compraron nada. La aritmética de este artículo la puedes rehacer con tus propios números; lo que no se puede es asumir que porque a tu compañero de trabajo le convino, a ti también.

Aviso: este artículo es contenido educativo y no constituye asesoría financiera personalizada. Tu régimen, tus semanas cotizadas, tu edad, tu último salario y tus beneficiarios cambian por completo el resultado. Las cifras corresponden a la UMA y al salario mínimo vigentes en 2026 y a la escalera de cuotas prevista en la ley hasta 2030; los cálculos de pensión, recuperación y rendimiento son propios, con las fórmulas de la Ley del Seguro Social de 1973, y no sustituyen la resolución del IMSS. Verifica tu caso en el Instituto antes de inscribirte. No existe patrocinio ni relación comercial con ninguna institución mencionada.

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Pablo Padilla, asesor financiero certificado por la AMIB

Pablo Padilla

Asesor certificado por la AMIB · Actuario UNAM · Profesor universitario de finanzas

Llevo más de 10 años en el sector financiero mexicano — banca, mercados bursátiles y docencia. Escribo este blog para que cualquiera pueda entender las finanzas, y también acompaño personalmente a personas que quieren poner su dinero a trabajar con estrategia.

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